martes, 27 de diciembre de 2005

A ELLA LE GUSTA LA GASOLINA ... COMO SE EVAPORA LA GASOLINA

Economista César Bedón Rocha
27 de diciembre del 2005


El ritmo de moda interpretado por Daddy Yankee, tiene el estribillo de “a ella le gusta la gasolina, dame más gasolina, como le gusta la gasolina”.

Este tema debería haber servido de fondo para la campaña publicitaria de Petroperú que con un costo de casi un millón de Nuevos Soles, debidamente aprobados por su Directorio con dos Acuerdos, uno que exonera de adjudicación directa selectiva la elaboración del spot por 101,000 Nuevos Soles (indican como causal que es necesario exonerar pues “…la Agencia tendrá un manejo confidencial de las estrategias de marketing de la empresa, indispensable para la elaboración del mencionado spot pues de lo contrario colocaría a Petroperú en una posición vulnerable ante la competencia), y en otra de exoneración de Concurso Público, la contratación del servicio de publicidad por 860,274.34 Nuevos Soles con el carácter de personalísimo.

Lo que parece desconocer el Informe Técnico que sustenta el Acuerdo de Directorio es que ninguna Agencia Publicitaria seria participaría de un concurso para promover la venta de gasolinas si es que se encuentra contratada por “la competencia”. Igualmente ninguna Agencia seria, daría un tratamiento no confidencial a la información de la empresa, lapso que por lo demás llega sólo hasta la publicación del spot.
En lo personal y por experiencia, prefiero el concurso de creatividad de la pieza publicitaria y no la asignación por currículum. Tampoco me gusta la idea de poner para aprobación del Directorio el listado de méritos de la Agencia que se propone exonerar del Concurso haciéndonos socios de la misma, pues esta mención nunca será equilibrada y en muchos casos puede omitir fracasos y sapos. Adicionalmente decir en el Informe Técnico que una determinada Agencia Publicitaria ha alcanzado “una de las mayores tasas de retorno de la inversión publicitaria” es una referencia poco técnica.

Ambas exoneraciones deben aprobarse, como se ha hecho, con Acuerdos de Directorio, según la reglamentación del CONSUCODE. Claro que el Directorio de Petroperú ha encontrado un artículo mágico dentro de estos Acuerdos que dice “Precisase que la adopción del presente Acuerdo se realiza sobre la base de la veracidad del contenido de los Informes Técnico y Legal…”

Esperar como resultado de la campaña de menor evaporación incrementar sus ventas y mantener su presencia de marca, como indican en el informe técnico, es un tema bastante complicado. Petroperú ha bajado 24.7% sus ventas de gasolinas entre el año 2000 y el 2005 (a Octubre). Ha perdido 2.5 puntos de participación porcentual de mercado, en un entorno sumamente competitivo y sin bocas de salida propias, con una persistente confusión de su rol productor/mayorista/boca de salida.

El inicio de la campaña publicitaria nos ha permitido conocer finalmente cual era la estrategia de marketing adoptada para las gasolinas Petroperú y cuyo conocimiento podría haber puesto en serio riesgo su posición ante la competencia conforme señala el Informe Técnico en comentario. Se trataba de la evaporación. Y la productora estatal indica que su gasolina se evapora hasta 30% menos que las de su competencia.

Imagino que la propuesta publicitaria parte de una definición de la productora como única responsable técnica de la afirmación y que considera la menor evaporación de sus gasolinas como su mayor fortaleza para, a partir de ella mostrar taxistas empujando sus vehículos para ahorrar gasolina e invitarlos a comprar la promocionada como una mejor forma de ahorrar. Resulta que promover un commodity no es nada sencillo y resulta a veces innecesario si es que no se apela a características extraordinarias y demostrables más relacionada con los servicios colaterales que con el producto en sí.

Tengamos en cuenta que la gasolina es por definición una mezcla volátil de hidrocarburos ligeros y que su volatilidad de origen depende de la destilación, de la relación vapor/líquido y de la presión de vapor. En algunos países las petroleras llegan a cambiar los porcentajes de mezclas de los elementos volátiles hasta cuatro veces al año. Con el calor no es recomendable que sea muy volátil y viceversa.
En búsqueda de mayor información sobre esta característica diferencial de las gasolinas Petroperú acudí a su Web (Nuestros Productos), y no encontré ningún testimonial, estudio, resultados de laboratorio y de campo sobre el particular. Tampoco la colocan como una característica o ventaja. He dirigido mi consulta a través de su acceso como cualquier consumidor lo haría y espero que está vez me contesten con prontitud.

En lo referente a volatilidad sólo colocan información numérica mínima (destilación y presión de vapor), sobre características típicas sin señalar la refinería productora ni el período al que se refiere y sin colocar la relación vapor/líquido que la NTP 321.102 señala debe ser no mayor de 20 a 56º C, 1 atm.

Si se puede observar que declaran en la Web una presión de vapor de entre 8.0 y 8.5 frente a un máximo de 10 de la NTP. Falta declarar también, para atribuirle una mayor calidad, si es que la presión de vapor es estrictamente controlada estacionalmente por sus refinerías como lo manda el World-Wide Fuel Charter.

Los contaminantes de los hidrocarburos se escapan al aire por medio de la evaporación. Sin embargo, la evaporación no sólo se debe medir en el laboratorio pues también se produce durante la marcha del vehículo, después de apagado y al recargar el tanque. Consejos sobre como ahorrar gasolina no estarían de más en esta campaña. Señalar cuanto es el ahorro en Nuevos Soles que se logra por su menor evaporación se vuelve también obligatorio luego de su declaración publicitaria (yo estimo que no más de un céntimo de Nuevo sol por Galón).
Adicionalmente, ¿por qué temer a la publicidad comparativa si se tiene la seguridad de una mejor calidad? Ya antes se ha efectuado y con éxito a pesar de las instrucciones del gobierno fujimorista de no vender en forma directa más del 50% del mercado. Ya de por sí consumir gasolina en nuestro país produce 2.8 millones de Toneladas Métricas de CO2 al año en el Perú y contribuir a una menor evaporación debe ser alentado

Amigos de Petroperú, si su gasolina es tan buena como se promociona, armonicen y amplíen la información en la Web y no sigan pensando que es información confidencial. Los consumidores peruanos hemos aprendido mucho y ya no somos tan caídos del palto. Todo lo contrario, no demostrar técnica y comparativamente el porque de la afirmación publicitaria sobre menor evaporación puede contribuir a seguir perdiendo imagen y participación así como podría considerarse publicidad engañosa.

lunes, 19 de diciembre de 2005

PARA LLORAR LA BAMBA

Economista César Bedón Rocha
19 de diciembre del 2005

“Reporte del Control de Calidad de Combustibles” – Resultados del Control de Calidad 2004 es el nombre del documento publicado en la Web del OSINERG (www.osinerg.gob.pe), y que revisé esta semana.


Desde hace tiempo esperaba encontrar un documento que me muestre en forma comentada la efectividad o no del trabajo de control de calidad de los combustibles desarrollado por el organismo regulador. Sabemos que existe todo un sistema de control a cargo de empresas supervisoras acreditadas pero nada de sus resultados. Si revisa por ejemplo, el reporte de avance de control de calidad al 1er Trimestre del 2005 observará que sólo nos presentan una relación de 108 Grifos y Estaciones de Servicio en el Perú que “han aprobado el control”, lo cual no dice nada pues no sabemos cuantos no han aprobado y quienes son.

Pero la costumbre o la recomendación legal que aplica el regulador es la de callar sobre las banderas o razones sociales infractoras. Sin embargo, no es así como se rompe la asimetría informativa, con la detección de la infracción y el inicio de un proceso administrativo sancionador sobre el que poco conocemos. La mejor sanción que se puede aplicar es la que el propio mercado con su preferencia dictamine. La otra sanción, la económica sólo engorda los fondos y no retorna al consumidor.

Usted y yo, usuarios de combustibles deseamos conocer si, por ejemplo, la gasolina que adquirimos en las Estaciones de Servicio “formales” reúnen las condiciones mínimas de calidad (octanaje, contenido de Plomo, presión de vapor, presencia de Azufre, adulteración con solvente, etc.). O ahora que lo publicita Petroperú, si es cierto que sus gasolinas se evaporan hasta 30% menos que las de su “competencia”.

En el caso del Diesel 2 nos interesa conocer si se cumple con la comercialización de un combustible de calidad Premium con un Indice Cetano superior a 45 (o de 50 como publicitan), de bajo contenido de Azufre y sin adulteración con Kerosene.

Deseamos conocer también cual es el desempeño de la Estación de Servicios en la que acostumbramos abastecernos y conocer si ha sido evaluada por el OSINERG y cuantas veces al año.

Para suerte de los consumidores peruanos, el aporte económico que efectúa la industria de hidrocarburos al OSINERG para fortalecer su organización es más que suficiente para el cumplimiento de su labor. O sea que, recursos económicos no le faltan y eso ya es bastante.

El Reporte que comentamos indica que se han supervisado muestras de 2,132 Grifos y Estaciones de Servicio del Perú. Si suponemos que no existen puntos repetidos durante el año, veremos que el 66.2% de los puntos de venta han sido visitados. Y ese es un buen ratio.

Los resultados generales presentados señalan un 5% de adulteración de Gasolinas y Diesel 2 a nivel nacional. ¿Sabe cuanto significa eso? Una bamba (adjetivo coloquial peruano por falso, adulterado), de 65 millones de galones al año.
La revisión del cuadro de muestras con adulteración para el Diesel 2 es dramática; el 40% de las muestras tomadas en Pasco (a pesar que existe en esa localidad una Planta de Ventas de Petroperú entregada en concesión), y en Lima (con una gran concentración de las actividades de control), el 18%.

En lo referente a gasolinas se llega a porcentajes de 29% de adulteración en la Gasolina 84 comercializada en Huancavelica, 18% de adulteración en la Gasolina 90 de Pasco (nuevamente Pasco), el 12% de la Gasolina 95 de Piura (al costadito de la refinería talara) y el 3% de adulteración de la Gasolina 97 en Lima.

En el resumen departamental, Pasco bate record con el 15% de sus combustibles adulterados seguido de cerca por Huancavelica con 13% y Ucayali con otro 13%. Dramática paradoja la de combinar extrema pobreza con extrema bamba y para agudizar la situación, mayor contaminación por combustión ineficiente.

El Reporte justifica la intervención del Estado para solucionar fallas de mercado como la asimetría de información pero insisto en que ésta no se supera con la sanción económica que en muchos casos es menor al beneficio ilícito obtenido y el daño ambiental ocasionado. Peor aún, los consumidores siguen desconociendo la conducta infractora y probablemente continúan comprando combustible en el mismo establecimiento, promocionado además por el regulador por cuanto si ingresa al programa FACILITO encontrará a ese mismo infractor (que él desconoce), destacando por sus bajos precios.
Si usted ingresa al FACILITO de OSINERG para revisar precios (y supuestamente decidir la compra), en el Distrito de Los Olivos encontrará, por ejemplo precios de Diesel 2 entre 9.94 y 10.59 Nuevos Soles por Galón. Caso similar en san Martín de Porres con precios entre 9.94 y 10.54. Sin embargo, el precio ex Planta de Petroperú en el Callao es precisamente de 9.94 ¿Cómo hace un establecimiento para vender al mismo precio de lista del productor y ni siquiera cobrar el flete hasta el punto de ventas?

Señala el reporte que una de las alternativas para reducir la adulteración es aumentando el costo de las mezclas. Y de esa manera ha actuado el Estado encareciendo el precio del Kerosene a raíz de su utilización como adulterante del Diesel 2; incrementó el Impuesto Selectivo al Consumo desde un equivalente al 13.9% del precio del productor en julio del 2001 hasta el 65.6% en agosto del 2003 y de paso obligó a las familias pobres a volver a la leña por el encarecimiento del producto, sin aplicar estos mayores recursos a programas de promoción de la salud y de conversión a combustibles limpios. Mucho menos se observó alguna orientación social del regulador para retribuir con las multas que de seguro ha podido cobrar. Como vemos el remedio es más caro que la enfermedad.

En lo referente al conocimiento del monto de las sanciones impuestas, los cierres de establecimiento que se hayan implementado, las suspensiones temporales o definitivas tampoco nos dicen nada aunque indican que han sido establecidas.

El Reporte confirma que en las zonas donde el nivel económico social es mayor (y los precios también), la adulteración es menor. Por el contrario, los principales problemas en Lima, por ejemplo, se presentan en la zona este donde el 29% de las muestras de Diesel 2 y el 15% de las muestras de Gasolina 90 indican adulteración. Sería bueno que el reporte se complemente con un cruce de precios para confirmar la tesis que precios demasiado bajos significan mayor adulteración y mínima garantía para el consumidor.

Un cuadro que merece mayor comentario es el que se refiere a los intervalos de adulteración en octanaje de las gasolinas. Se llega a reportar casos de menores octanajes de entre 16 y 32 octanos para la gasolina 84 con lo que estarían comercializando gasolinas de entre 68 y 52 octanos, mientras que Petroperú indica en su Web que su calidad típica es 84.3. ¿Se ha investigado la venta de solventes para que se confirme que es sólo de uso industrial?. Además estos tienen alto precio y alto octanaje ¿Con qué entonces se adultera?

Y en todos estos casos no se trata sólo de adulteración, daño ecológico, engaño al consumidor y el incumplimiento de la incorporación de los marcadores sino también de menor recaudación tributaria, de una cadena de coimas y de vista gorda.

En resumen, un documento esperado, con análisis que superan la simplicidad de una lista de los que cumplen, con mejor estructura para análisis pero que nos deja siempre la sensación de un Reporte Light, que no hace olas y no pisa callos y sólo para uso del regulador, dueño ahora de la información que no llega a retransmitir con todo lo que puede.
Es necesario presentar un resumen de las modalidades de adulteración encontradas en el almacenamiento, el transporte y el expendio final y una guía para el usuario que lo ayude a detectar la adulteración y denunciarla, un programa de incentivos económicos para la denuncia con garantía de anonimato y el cruce de información con la SUNAT y los municipios para el retiro de las licencias se hacen muy necesarios.

Creo que señalar las banderas más infractoras, los más descarados en la adulteración, los otros indicadores de calidad que no sean sólo el flash point del Diesel (que dice poco o nada), la lista de los infractores y las sanciones aplicadas y su cumplimiento es urgente y más que necesario para que sea el mismo mercado el que sancione a los establecimientos especuladores, además de servir de elemento de transparencia que elimine los siempre posibles abusos de los fiscalizadores.

lunes, 12 de diciembre de 2005

APUNTEMOS A UN PLAN DE GOBIERNO PARA LOS HIDROCARBUROS

Economista César Bedón Rocha
12 de diciembre del 2005


Hace unas semanas, circulé entre diferentes colegas economistas y personalidades relacionadas con el Sub Sector Hidrocarburos un conjunto de apuntes para definir lo que podría ser un Plan de Gobierno 2006 - 2011, de manera que podamos decir lo que los políticos estábamos seguros callarían en sus campañas. Agradezco a todos los que generosamente se sumaron al debate. Debate que realmente recién empieza y para el cual hemos recibido la acogida y entusiasmo de UTILITIES PERU.

Y es que opinar técnicamente en aspectos tan controversiales como los que se viven en la actualidad petrolera, son de seguro robadores de votos. Los candidatos a la Presidencia sólo nos hablan de lineamientos generales, si es que algo dicen y se supone que corresponde a los técnicos haber evaluado a conciencia cada aspecto de detalle y plantearnos soluciones novedosas ojalá en forma independiente de lo que grupos de interés quisieran escuchar.
Aunque en verdad estamos seguros que con el transcurso de los días, cuando surja la necesidad del debate público, los partidos resuciten a los políticos de siempre con disfraz de técnico y quizá con las mismas recetas que aplicaron sin éxito anteriormente.

El riesgo es grande pero consideramos que el debate técnico es muy necesario y por eso me animo (riesgo personal) a hacer públicas las propuestas, y en todo caso aquello que consideramos más urgente, aquello que debemos exigir no dejen de señalar los partidos y sus alianzas con ejemplos concretos y sin generalidades. No corresponde ya el escenario a la generalidad de la CADE, sino más bien al planteamiento de herramientas y sistemas nuevos que refuercen lo que se ha avanzado en los últimos años.

Podemos estar de acuerdo o en contra de algunas de las siguientes propuestas, o de seguro indicar que faltan muchas más. Claro que sí y esa es la garantía de nuestro sistema democrático que privilegia el debate sobre el úkase. La modernidad ha demostrado que la única forma de avanzar, por ejemplo en la formalización de mercados, es la de consulta y consenso con los involucrados; sino nos seguiremos llenando de iniciativas parche y que finalmente nadie cumple.

MAXIMIZAR EL BENEFICIO DEL CONSUMIDOR FINAL

El objetivo básico y eje central de la política debería ser la maximización de los beneficios del consumidor final, entendiéndose como tal la eliminación de prácticas que desalienten la inversión privada para brindarle un mayor confort y seguridad.
1. El Estado garantizara que a través de sus organismos reguladores se logre que los consumidores tengan garantía de calidad, cantidad y seguridad en sus compras de hidrocarburos. La venta de combustible adulterado será sancionada penalmente y con el cierre del establecimiento.
2. Se propondrán y aprobarán las normas técnicas que sean necesarias en el GLP a fin de garantizar la formalización de los talleres de conversión.
3. El aprovechamiento de la inversión y reputación ajena y la confusión generada al consumidor con la utilización de las marcas comerciales de GLP serán sancionadas drásticamente. La reincidencia o la sentencia judicial serán garantía suficiente para el cierre de oficio del establecimiento o planta envasadora infractora.
4. El Estado defenderá el interés de los consumidores garantizando una adecuada información sobre los combustibles disponibles en el mercado, precios y efectos contaminantes.
5. Se alentará la participación de las asociaciones de consumidores y de las organizaciones representativas de la actividad empresarial privada en la actividad empresarial del Estado y en los organismos reguladores.
6. Se establecerán subsidios cruzados de manera que en el país los consumidores de las regiones menos favorecidas paguen un mismo precio por los hidrocarburos que en las zonas de competencia, proponiendo los mecanismos adecuados para la supervisión y cumplimiento de estas medidas.
7. La actividad empresarial del Estado junto con la iniciativa privada gestionaran la operación de puntos de venta con precios menores sin que implique subsidio o pérdida pero garantizando el acceso al consumidor de productos garantizados con precios menores y evitando los cartels regionales.

PLENA VIGENCIA DE LA ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO

La iniciativa privada en la gestión de hidrocarburos será libre, alentada y garantizada.
Debe garantizarse el ejercicio de una economía social de mercado que priorice el acceso social de los niveles económico sociales marginales como una garantía para su desarrollo individual y de la sociedad en su conjunto.
Debe mantenerse la independencia de la negociación de contratos petroleros de los actores políticos o de la actividad del Estado.
La legislación promocional existente para la inversión privada en la comercialización de hidrocarburos será respetada. En el caso de su revisión se hará solo para garantizar una mayor cobertura de servicios en el país como protección al consumidor.
El Estado no intervendrá en las actividades exploratoria y de perforación petrolera.
La labor promotora y especializada de Perupetro, será potenciada facilitándole los mecanismos necesarios para captar inversión, revisando los dispositivos de exoneración y las condiciones internacionales de mercado.
Establecer niveles mínimos de inversión y capacidad de gestión para el acceso al mercado de distribuidores mayoristas así como compromisos garantizados de inversión para dar valor agregado a su participación.
Establecer requisitos de inversión mínima en la adquisición de balones de GLP y tanques estacionarios de almacenamiento para la operación de plantas envasadoras.
Se garantizará la inversión privada en la reposición del parque de balones de GLP asegurando el respeto a la propiedad y la prohibición de envasar en envases ajenos.
La vigilancia del desarrollo de la libre oferta y demanda como mecanismo fijador de precios en el mercado estará a cargo exclusivamente del INDECOPI, excluyéndose la intervención política.
Se simplificaran las reglamentaciones acelerando los procesos para la puesta en operación de los negocios de comercialización de hidrocarburos líquidos y gaseosos, los mismos que no deben demorar mas de 90 días

TRANSFORMACION DE LA MATRIZ ENERGETICA

Deben iniciarse las acciones necesarias para el logro efectivo de un cambio en la matriz energética actualmente dependiente de recursos escasos y que favorece a los más contaminantes. Debe garantizarse que no puede haber cambio en la matriz energética sin la promoción del GLP y la sustitución del Kerosene y la leña para cocción de alimentos
1. Debe aplicarse progresivamente una escala impositiva que bonifique la utilización de los combustibles menos contaminantes. El Impuesto Selectivo al Consumo deberá ser sustituido por un impuesto ecológico y se trabajara a nivel de precios relativos en un marco de protección ambiental.
2. Deben establecerse medidas de estimulo a la conversión vehicular a gas natural y GLP concediendo incentivos en efectivo o promocionales a los automovilistas que certifiquen la conversión realizada.
3. Deben desarrollarse programas de sustitución del consumo de leña y kerosene por GLP en los hogares de menores recursos a los que no llegarán los gasoductos de gas natural o las familias no tengan capacidad técnica y/o económica para su conversión.
4. La dependencia del Petróleo Diesel 2 deberá ir siendo sustituida mediante abaratamiento de los precios de las gasolinas motor u otra alternativa técnica, de manera que en el país no se vendan estos combustibles con ingresos mayores para el productor a los que se obtiene de su exportación.
5. La importación de kits de conversión a GLP y Gas Natural será exonerada de todo impuesto a la importación y venta. La importación de motores gasolineras deberá ser efectuada libre de impuestos.

ACTUACION SUBSIDIARIA DEL ESTADO

El Estado debe facilitar y vigilar la libre competencia combatiendo toda práctica que la límite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas.
1. En todos los casos la actividad empresarial del Estado privilegiará el mercado interno sobre el de exportación.
2. El Estado participará de manera promocional en los mercados regionales en los que no existan condiciones de competencia a fin de generar oferta y demanda y de participación del capital privado.
3. Por ningún motivo la actividad empresarial del Estado aplicará políticas comerciales que limiten la competencia sino por el contrario promoverán que ésta se genere y desarrolle donde no exista.
4. Se fortalecerá la gestión de Petroperú S.A. independizando su función comercial de las otras funciones empresariales de manera que se garantice una gestión eficiente y un acceso a la producción nacional de cualquier proveedor o la importación que sea necesaria para mantener un marco de libre competencia
5. Se debe promulgar la Ley de la Actividad Empresarial del Estado en hidrocarburos garantizándose directorios profesionales experimentados y una gerencia con participación del capital privado (contratos de gerencia).
6. Los directores y gerentes de las empresas del Estado en hidrocarburos serán solidaria y personalmente responsables por los resultados de su gestión, serán evaluados por resultados y se garantizara la permanencia de los más exitosos.
7. Se impulsará la fiscalización implacable de la informalidad y el cumplimiento de las reglamentaciones en la comercialización de hidrocarburos.
8. La actividad empresarial del Estado en participación con la iniciativa privada promoverá la introducción de los bio combustibles con metas cercanas y sustantivas.
9. De ninguna manera la actividad empresarial del Estado invertirá o gastará en propiedades de privados si no obtiene la garantía de mejores precios o beneficios para los consumidores.
10. La actividad empresarial del Estado en la comercialización de hidrocarburos se definirá solo como una participación a nivel de atención mayorista de menor gasto, mayor utilidad y menor riesgo sin participar en áreas y sectores minoristas suficientemente cubiertos por la inversión privada.
11. Se prohibirá que la gestión empresarial comercial del Estado opere bajo mecanismos de cuotas volumétricas u otros mecanismos de limitación de ventas que generan mercados imperfectos y malas prácticas. Igualmente deberá competir sin aplicar contratos de exclusividad que dejan sin libertad a sus clientes de buscar las mejores opciones.

martes, 6 de diciembre de 2005

SOLDADOR DE GASODUCTOS SE NECESITA

Economista César Bedón Rocha
6 de Diciembre del 2005


La lectura de El Comercio (en muchos lugares de nuestro país aún le llamamos “los comercios”, por sus distintas separatas), me lleva siempre a revisar en primer lugar su Sección Economía & Negocios – deformación profesional le dicen. Y los domingos es especialmente ilustrativa pues se publican en ella oportunidades laborales. Quien diga que no la ha revisado muchas veces, sea por necesidad o curiosidad, creo que mentiría en la generalidad de los casos. SOLDADOR DE GASODUCTOS se titula una de las ofertas este domingo 4 de diciembre y pone todos los requisitos de elevada calificación técnica, además de 8 años de experiencia en soldadura sobre gasoductos y poliductos en servicio; se solicita indicar expectativa salarial bruta mensual, que estoy seguro es elevada.

Coincidencias o no, el mismo diario en su Sección Política y a roba página nos trae un comunicado del Ministerio de Energía y Minas (MEM), titulado ROTURA DEL DUCTO DE LIQUIDOS DE CAMISEA. Verdad que no pasa desapercibido y a la vez lo he visto también en por lo menos otro diario local.

Adicionalmente me llamó la atención también la Nota de Prensa del MEM del día 2, reproducida en diversos medios, que con cabeceras más “interesantes” sobre el mismo tema dice:

• Abastecimiento de Gas de Camisea y de GLP no se ha alterado por rotura de ducto.
• MEM pide no dejarse sorprender por informaciones infundadas

No se si el Vicepresidente del Consejo Machiguenga del río Urubamba, Walter Kategari leyó también hoy El Comercio, ni tampoco si los tiempos actuales y la explotación del Gas Natural lo han obligado a discriminar los puntos de las ies cuando oficialmente y con pulcritud que hay que reconocer por desacostumbrada, se señala “el abastecimiento del gas de Camisea no ha sido alterado” o “no ha sido afectado en ningún momento el abastecimiento de gas, pues continúa bombeándose el gas de Camisea sin ninguna limitación … asimismo se han tomado las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento interno de GLP” o “… habiéndose asegurado, así mismo el abastecimiento interno de GLP”. Supongo además que estará satisfecho Walter de saber que apenas enterados en el MEM el día 24 de noviembre, de una posible rotura se efectuaron coordinaciones de emergencia para superar el percance y viajaron el sábado 26 sus funcionarios (no dice si también lo hicieron los técnicos), al lugar del incidente. Igual de satisfecho estará de conocer que según la información oficial se usaron “salchichas” absorbentes y que serían sólo 350 metros cúbicos de líquidos arrastrados por el agua y que, a pesar de la rotura reconocida, el abastecimiento no ha sido alterado.

Dejo para la reflexión política cuales serán los siguientes pasos oficiales en su relación con las comunidades nativas si es cierto como indica Kategari, (http://blogsperu.com) “ … que en ultima reunión entre el Ministerio de Energía y Minas y la Comunidad Nativa de Shivankoreni; los representantes del Ministerio de Energía y Minas informaron sobre la "Falla" del Ducto del Gas producido en la sierra central del país (Tercer Incidente), en donde puntualizaron que éste seria el ultimo y en caso de ocurrir uno nuevo, él Ministerio de Energía y Minas y OSINERG suspenderían las operaciones de la empresa Transportadora del Gas del Perú. Ocurrido el Cuarto incidente en un proyecto muy joven, ¿Cumplirá el Ministerio de Energía y Minas y OSINERG con aplicar las sanciones correspondientes? Y en caso de aplicar las sanciones ¿se hará efectiva esta sanción?...” (sic). Sí me gustaría que en caso de aplicarse sanciones económicas, éstas efectivamente se paguen y sean aplicadas exclusivamente en la zona afectada.

Si creo conveniente señalar que, no basta con decir que el abastecimiento interno de GLP está asegurado, sin indicar en el comunicado del MEM si se suspendió o no el abastecimiento de GLP desde Camisea (sólo lo da a entender), ni si se ha restablecido o cuando podría restablecerse que tampoco lo menciona. Hay que explicar con detalle y transparencia como funcionará este aseguramiento. Deberían de explicarlo también los productores así como los importadores que son los que al fin de cuentas venderán o no el combustible. Y también el OSINERG. De lo contrario como prevenir contra informaciones infundadas

Por parte de los productores vemos que el principal, Pluspetrol, no ha dicho nada a la opinión pública. No ha señalado cual es el nivel de reservas de almacenamiento con que cuenta en forma efectiva. Cierto que en teoría podría abastecer por sí sólo el mercado, como señala un funcionario del MEM, pero en setiembre por ejemplo hubiera cubierto con el total de su producción real sólo el 53%. Se requiere aquí mayor información del productor, como por ejemplo el nivel de inventarios de GLP con que cuenta en Pisco y si OSINERG garantiza que cuenta en promedio durante cada mes con quince días de ventas como se exige a los hidrocarburos líquidos.

Los clientes de PETROPERU saben que dejará de producir GLP por mantenimiento en Talara esta semana. No conocemos con exactitud cuando se inicia, cuanto durará y cuanto tomará reponer inventarios para contar con el GLP disponible nuevamente en el Callao y éste ya es un tema recurrente para sus clientes, destacado en el Congreso y algunos medios de prensa acerca de la existencia de cuotas de ventas y desatenciones. No es información infundada.

La Pampilla, Aguaytía, EEPSA y Petrotech operan al parecer sin problemas. Todos deseamos que las fallas del gasoducto se superen y que no se vuelvan a producir, que duda cabe. Recordemos sólo como un hecho favorable más para nuestro país que a setiembre 2005 tengamos ya un Saldo de Balanza Comercial de GLP positivo en doscientas veintiún TMDC, situación que en el mismo período del 2004 era más bien negativa en 194 TMDC. Con mayor razón aún cuando sabemos que hoy el precio de referencia de importación tiene un atraso de 21% comparado con el precio PETROPERU y en esas condiciones es difícil comprometer acceso a mercados externos sin modificar precios.

Sin embargo creemos que hay que pedir a nuestros gobernantes una conducta moderada, sin exagerar en el optimismo técnico, sin declarar por los responsables y ofreciendo al país resultados preliminares sino más bien con la conducta prudente que nos enseña la historia, con la transparencia que la legislación obliga, sin buscar demonios donde no los hay ni adelantar opinión cuando aún falta mucho por hacer sino más bien buscando soldadores que unan y no dividan.

lunes, 28 de noviembre de 2005

PRECIOS CONTROLADOS PARA LOS HIDROCARBUROS: ¿UN COMERCIAL Y REGRESO?

Economista César Bedón Rocha
28 de noviembre del 2005


El 17 de noviembre del 2005, la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República aprobó (por mayoría), el dictamen recaído en cuatro Proyectos de Ley por los que se propone modificar la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, sobre los precios de referencia aplicables a los derivados de los hidrocarburos en el territorio nacional y transparencia en la aplicación de precios.

Las iniciativas legislativas corresponden a los Srs. Congresistas apristas Juan Valdivia Romero, Luis Heysen Zegarra y José Carrasco Távara y al peruposibilista Alejandro Oré Mora.

La Ley 26221, publicada el 20 de agosto de 1993, se enmarca dentro de una serie de dispositivos legales de emergencia dados en el país luego de concluido el quinquenio 1985/1990. En lo referente a precios de los hidrocarburos, esta Ley supera las anti técnicas políticas de control de precios que se iniciaron con un congelamiento desde agosto de 1985 hasta 1988 y que sólo a manera de recuerdo apuntamos:
• La Memoria de PETROPERU de 1988 señala “…Para Petróleos del Perú, el retorno a esa onerosa situación – se refiere a haberse convertido en importador neto de petróleo en 1988 – ha significado depender enteramente de ingresos en moneda nacional, producto de la venta de combustibles a precios subsidiados por la empresa frente a la necesidad de satisfacer a todo trance la demanda interna. La devaluación de nuestro signo monetario hizo más inestable la posición de caja de PETROPERU, al crecer los requerimientos de divisas para honrar sus obligaciones. Tal situación no varió a pesar de los alcances de la Ley sobre Hidrocarburos Nº 24782, dada el 27 de diciembre de 1987, y de los cinco reajustes de precio para los combustibles que el Gobierno dispuso en el año, tras el congelamiento de precios iniciado en agosto de 1985. Los problemas acumulados en ese intervalo pusieron a la Empresa al borde del colapso…”

• Y en 1989 la misma Memoria de PETROPERU dice “…Si bien el Gobierno decretó hasta en trece oportunidades el alza de precios de los combustibles y le otorgó a PETROPERU S.A. una creciente participación en tales incrementos, en términos reales el promedio ponderado de dichos precios estuvo siempre a la zaga en relación con sus costos operativos…”.

La promulgación de la nueva y ahora casi vulnerada Ley Orgánica de Hidrocarburos Nº 26221 se da además dentro del marco del Decreto Legislativo Nº 757 del 13-11-1991 “Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada” que garantiza la libre iniciativa privada y una economía social de mercado de libre competencia (Art. 2º). El mismo D.L. define la libre competencia como que implica que los precios en la economía resultan de la oferta y demanda y que los únicos precios que pueden fijarse administrativamente son las tarifas de los servicios públicos (Art. 4º). A esto, queridos lectores, se le define como estabilidad jurídica del régimen económico y sin ella no hay inversión. La estabilidad jurídica se ratifica en la Constitución de 1993 que en su Art. 58º reconoce que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía social de mercado.

Por eso no deja de preocuparnos que a pesar de las garantías constitucionales y legales, subsistan propuestas legislativas que ahora, al contar con Dictamen favorable de la Comisión de Energía y Minas, se convierten en casi Ley . Y es que el Dictamen aprobado por la Comisión de Energía y Minas del Art. 77 de la Ley 26221, tiene todas las características de un salto al pasado.

Aunque el Dictamen señala que los precios se rigen por la oferta y demanda como la Ley 26221 garantiza, se incorporan elementos perturbadores y de indudable efecto controlista como son:
• Haberse aprobado a pesar de la oposición del Ministerio de Energía y Minas. Recordemos que el MEM es legalmente el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la política del Sector y de dictar las normas pertinentes. Lamentablemente su falta de políticas generales y de poder de convencimiento lo hacen vulnerable. De acuerdo con el MEM señalar en la Ley el criterio de “paridad de exportación” significa un procedimiento de control de precios. Y eso es cierto. Bueno, en la propuesta de Ley no se menciona esa frase sino que se cambia por la de precio de referencia de exportación que es exactamente lo mismo.

• Se implementan “mecanismos transitorios” para la publicación de precios por parte del OSINERG cuando los mercados referentes “presenten crisis temporales que alteren la competitividad del mismo”(sic). Tremenda discrecionalidad y craso error, inducido estamos seguros por la referencia que recientemente hizo el OSINERG al efecto Katrina sobre las gasolinas en un mercado de commodities y con precios internacionales cartelizados en el que se generaliza lo particular.
• Quedaría así a juicio de los técnicos del OSINERG calificar los eventos mundiales y definirlos o no como “crisis temporales” para evadir las reglas del mercado. Este sólo artículo destroza por completo la intención del legislador y atenta definitivamente contra el libre mercado. Por lo demás si los precios son libres y se rigen por oferta y demanda ¿por qué el regulador debe modificar la forma de calcular y publicar los precios de referencia cuando así lo decida? ¿Se quiere poner acaso al OSINERG por encima de los consumidores decidiendo cuando publica o no los precios y la forma como lo hace?

• Obligación de informar al OSINERG sobre las “estructuras de costos de producción local”. ¿Acaso el regulador no ha podido informar lo que aprendimos en nuestros pininos sobre economía de la refinación acerca del lomo y la vaca? Más sencillo ¿como diferenciarán con acierto los costos de producción de un galón de Diesel de otro galón de gasolina? Proponer esta publicación sólo puede generar desconcierto e incredulidad sobre la manera poco técnica en que se conducen los grandes temas nacionales.
• Se señala que OSINERG coordinará con el INDECOPI las acciones necesarias para prevenir y sancionar cualquier abuso de la posición de dominio en el mercado nacional. Oiga, pero si esta acción ya esta prevista. La Constitución, norma fundamental y frecuentemente olvidada, dice en su Art. 61º que el Estado facilita y vigila la libre competencia y que combate toda práctica que la limite así como el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. No nos digan que ahora el OSINERG analizará y velará por la libre competencia. Las Leyes relacionadas con el INDECOPI garantizan ya los procedimientos para cumplir la garantía constitucional.
• Se indica que los precios y condiciones de venta local no podrán ser mayores que sus símiles del mercado de exportación. Menudo encargo de cálculo para quien deba controlar esta obligación. ¿Cómo mediar las condiciones de venta? No se trata de esto ni es lo que los consumidores venimos reclamando. Se trata de potenciar la función del INDECOPI. Además, legislar para que OSINERG interprete cuando hay o no abusos de posición de dominio no nos parece encaminarlo por el camino adecuado pues no se puede efectuar esta función sólo a partir de una elaboración teórica de precios de laboratorio.

• Se confunde el concepto de transparencia, demostrando una vez más que este tema no ha calado lo suficiente. La transparencia no consiste en obligar a reportar listas de precios al regulador ni a descubrir los descuentos que dentro de la libre práctica comercial cada empresa es libre de otorgar o no y que al ser descubiertos desaparecen como elemento promocional de libre competencia.
• No podemos hacer que el regulador se convierta en agente vendedor de quien venda más barato como resulta del promocionado FACILITO, sin vigilancia de las condiciones de venta. Para medir precios al consumidor, que es lo que realmente importa tenemos al INEI y podríamos asignarle mayores análisis con cargo al presupuesto del regulador para que discrimine proveedores y tipos de envase. Lograr transparencia es promover la creación de competencia donde no la haya. Recordemos además que la gran mayoría de hidrocarburos es inelástico al precio. No se logra una mayor venta sólo bajando el precio en un mercado en donde la informalidad campea.

Esperemos que el Pleno del Congreso corrija el Dictamen de manera que no se continúe armando un trampolín para un triple salto mortal al pasado, que olvida experiencias y no obtiene aprendizajes; como si el tiempo y la experiencia mundial no nos hubieran hecho madurar en el raciocinio económico y que lo que hemos vivido en los últimos 15 años hubiera sido sólo “un comercial y regreso”.

lunes, 21 de noviembre de 2005

¿DIJO QUINIENTOS MILLONES DE DOLARES SR. AREVALO?

Escrito por César A. Bedon Rocha
Monday, 21 November 2005


El Comercio del viernes 18 de noviembre nos trae una entrevista del joven y hábil periodista Manuel Marticorena efectuada al Sr. Econ. Roger Arévalo, Presidente de Petroperú en la que, para sorpresas de muchos, declara que “… En el gobierno de Alan García se le obligó a subsidiar precios – refiriéndose a Petroperú - generando un déficit de US$500 millones que el Estado finalmente tuvo que absorber..”

La sorpresa viene por cuanto suponíamos que el enorme apoyo legislativo que vienen dando los congresistas apristas a la primera empresa estatal (cuyos resultados evidentes han sido la Ley que la excluye de algunas modalidades de privatización, los proyectos de ley en Agenda que apuntan a excluirla del CONSUCODE, del FONAFE y del SNIP, otros que declaran de interés nacional y preferente prioridad la modernización de sus refinerías, la autorización para invertir el íntegro de sus utilidades en sus proyectos de inversión, etc), serían correspondidos sin recordarle al país el desastre que significó la política intervencionista del Dr. Alan García para el sub sector hidrocarburos.

La declaración del Presidente de Petroperú, me trae a la memoria un artículo periodístico que publique en La República allá por el 2001 y que titulé “EL PRIMERO, NO OLVIDAR”, en el que hicimos una apretada síntesis de cómo había quedado Petroperú al concluir el año 1990, a manera de cumplir con el compromiso de no olvidar lo negativo que resultan las políticas supuestamente bien encaminadas y que implementan el control de precios, la intervención no técnica, el subsidio indiscriminado y el facilismo de creer que con leyes del Congreso se superan las leyes de la economía.

Las cifras macro económicas resultantes de la experiencia aprista son harto conocidas: inflación acumulada 1985-1990 de 2.2 millones por ciento; producción per cápita menor a la de 1960, tasas arancelarias de protección por encima del 60% promedio, reservas internacionales negativas de hasta -300 MMUS$, déficit fiscal y cuasi fiscal cercano al 16% del PBI, ingreso mínimo legal disminuido en 50% y pérdidas de empresas estatales que llegaron a los 1,653 MMUS$ (Boloña Carlos, “Cambio de Rumbo: El programa económico de los noventas”, Instituto de Economía de Libre Mercado-SIL).

Más bien, recordaremos algunos detalles de la gestión referidos al sector hidrocarburos en el que quedó inmortalizada la perversa comparación del precio de un galón de gasolina como más barato que un litro de gaseosa. Por cierto que el trabajo resulta todo un reto que merece más espacio y debería merecer más de una tesis para tratar de comprender tanto error cometido en una sola área de la energía. Hoy las estadísticas de detalle de la época son escasas hasta en el INEI (donde acudí para mejor ilustración con resultados incompletos y muy pobres). Ojo, esta información no se debe perder pues forma parte ya de nuestra historia económica.

Las reservas probadas de petróleo crudo cayeron drásticamente de 565.4 a 382.2 millones de barriles (32.4% menos), entre 1985 y 1990.

En lo referente a pozos perforados, mientras en 1985 se ejecutaron 186, el 2000 se perforaron sólo 56. El promedio 1980/1984 había sido de 324. El promedio 1985/1990 fue de 131.
Los pozos productores cayeron de 3,656 a 3,336 entre 1985 y 1990.

Desde su creación en 1969, Petroperú había sido una empresa con utilidades (operativas y netas), en todos y cada uno de sus ejercicios.

Al cierre de 1984 (en 16 años), acumulaba una utilidad neta de 158 MMUS$ resultantes incluso luego de haber contribuido con subsidios a la economía por 1,357 millones de dólares (la diferencia entre su utilidad operativa y la neta).

Bastó un Gobierno para que en el lapso 1985/1990 perdiera en operaciones 1,458 MMUS$ y le hicieran cargar con 2,036 MMUS$ de subsidios. Resultado; llegó a 1990 con una pérdida neta acumulada de 3,336 millones de US$. Sólo en un año, en 1988 le había hecho perder 1,470 millones de US$.
Y ¿Recuerda usted qué había pasado en esos años con el precio del petróleo crudo? ¿Subió? No, todo lo contrario. El crudo más fino, el árabe ligero con 34º API, bajó de 29.00 en 1984 a 18.40 US$/Barril en 1990, con bajas sostenidas todos los años. El año 1986 el precio mundial cayó más de 50%

¿Quizá los precios de los derivados, se incrementaron? NO, todo lo contrario; por ejemplo el precio mayorista del Diesel Nº2 sin impuestos pasó de 0.781 a 0.706 US$/Galón en los EEUU entre 1985 y 1990 (un 9.6% de baja).

Sucedió en nuestro país que por el lado de los precios de los hidrocarburos producidos por Petroperú, se aplicó la teoría del “Estado Benefactor”, subsidiando en la práctica a los estratos de mayores ingresos (“Reformas e Inversión en la Industria de Hidro Carburos de América Latina” – Humberto Campodónico – octubre 2004 – CEPAL).

Un solo ejemplo, en precios reales de algunos hidrocarburos:

Como vemos, los precios en julio de 1990 del GLP equivalían al 6.3% de los precios reales vigentes en 1985. En el caso de la Gasolina de 84 octanos no se llegaba ni siquiera al 10% del precio.
Los precios relativos de los combustibles igualmente fueron afectados con desproporción técnica. Como ejemplo baste citar que sólo entre 1987 y 1989 el precio del Kerosene se multiplicó por 68 y el del GLP por 251 veces. El precio de un balón de 24 libras de GLP era en 1988 equivalente a 12.1 galones de Kerosene. En 1990 había subido tanto el precio del kerosene que con el equivalente de 3.3 galones se compraba un Balón de GLP.

Sin embargo la nueva política de hidrocarburos que tanto costaría al país se anunciaba ya desde agosto de 1985, cuando el sector se había estremecido con el primer error del novísimo Gobierno (Gerardo Barraza – Agenciaperu.com). Alan García expropió la Belco.

El sector petrolero conocía que Belco tenía problemas para seguir operando en el país y reportaba pérdidas en sus operaciones pues Petroperú le pagaba menos de lo que le costaba producir, pues los precios habían caído considerablemente. Pensaban y habían manifestado los ejecutivos de Belco su intención de retirarse del país, en cuyo escenario, todas las instalaciones fijas, campamentos, plantas de energía y equipos de comunicación pasaban gratuitamente a ser propiedad de Petroperú en condiciones operativas. El 29 de agosto de 1985, el Presidente García anunció la rescisión unilateral de los contratos entre Petroperú y Belco alegando incumplimiento de acuerdo comercial y presentándolo como un hecho revolucionario, de reivindicación nacional. El Presidente convocó un Comité para que se encargue de valorizar la expropiación.

En agosto de 1988 el Comité determinó que el Estado peruano debía pagar 175.9 MMUS$ (con intereses acumulados hasta 1999 se llegaba a 236 MMMUS$). “No habia necesidad de pagar…No tenía sentido precipitar una expropiación por el innecesario costo que esta medida podía tener", sostuvo el Ing.. Nicanor Arteaga, ex Gerente General de Petroperú, a quien Huaita reemplazo por Carlos Lizier Gardella, amigo de Alan, el 2 de agosto de 1985. Cuando el gobierno reconoció la deuda con Belco, ya no hubo tiempo ni recursos para cancelar este compromiso. Petroperú tuvo que cargar con el muerto.

La Balanza Comercial de Hidrocarburos que en 1985 ofrecía un saldo positivo de 614 MMUS$ se volvió negativa a partir de 1988, resultando en 1990 un déficit de 47 MMUS$.

A pesar que en los Planes del Sector se consideraba como prioritaria la explotación y utilización de las reservas de Camisea (San Martín y Cashiriari), era imprescindible conseguir la participación de inversión externa y no se logró.

En lo laboral, la Ley 24366 del 22/11/85 incorporó a la Ley 20530 a los trabajadores provenientes de la ex Empresa Petrolera Fiscal quienes además de haber mejorado notablemente su sueldos al pasar de un sueldo estatal a las condiciones de empresa privada que regían en la IPC mantuvieron así los beneficios de sus fondos de pensiones. Y en mayo de 1990 igualmente se le cargó a nuestra petrolera una perforación de la Ley 20530 o de la “cédula viva” incorporándose a un grupo de trabajadores de Petroperú, sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Yo, como muchos peruanos, creemos con terco optimismo que la experiencia del 85/90 en el sector hidrocarburos ha sido lo suficientemente aleccionadora como para no incurrir en los mismos errores. Y confiamos en la autocrítica que sus gestores han efectuado públicamente así como en el propósito de enmienda que debería ratificarse en la conducta legislativa de nuestros días.

lunes, 7 de noviembre de 2005

TRANSPARENCIA, TRANSPARENCIA, CUANTOS PECADOS SE COMETEN EN TU NOMBRE

Economista César Bedón Rocha
7 de noviembre del 2005


“… La transparencia será nuestra insignia, y todo acto de corrupción será severamente castigado. No hay nada peor que traficar con el dinero destinado a los necesitados…”
Para Salir de la Crisis – Perú, 2001 – 2006Suplemento Contratado Perú Posible Mayo del 2001

Visitaba hoy domingo a mi hermana en su casita de Santa Beatriz cuando como de costumbre encontré volantes promoviendo la venta de GLP. Esta vez eran seis, de los cuales reproduzco lo más importante de cinco:
• Distribuidor Autorizado por OSINER´G (sic) … Petroperú…SolGas … Precios desde 26.90 S/.
• Bajó el Gas … 26.90 … Formal hasta en el precio …
• ¡Gas al Instante! Directo de Planta en la Puerta de su Casa … 26.99 S/… Calidad Petroperú…
• Al Toque Gas … Primero lo Nuestro… 27.99 S/… ¡ Cómprale al Perú !
• Le llevamos a su hogar Al Toque en 5 minutos … Peso exacto … 29 Soles

Usted querido lector seguro tendrá otros tantos avisos con similares argumentos de venta que son arrojados bajo puerta diariamente por algunas de las 52 plantas envasadoras, 1,333 transportistas en cilindros y 1,019 locales de venta “formalmente“ registrados por la Dirección General de Hidrocarburos en Lima. Mi hermana no los lee. Dice que cuando tiene que comprar ya sabe cual le dura más. Y similar criterio siguen, creo yo, la mayoría de amas de casa.
La campaña de la ASPEC NO PAGUE MAS DE 28 SOLES POR UN BALON DE GAS registra hoy mismo en su Web sólo 4 (cuatro) anunciantes en su ranking de los más económicos, el más barato de ellos a 27 soles en Ventanilla, el mismo que habrá batido seguramente records de ventas.

En este orden de cosas ¿podemos pensar aún que el consumidor no está informado sobre los precios del GLP? Lo que no hay es más bien la labor fiscalizadora del organismo regulador a todos estos avisitos, algunos con sólo teléfonos (Pedidos al 262-1043 rotulando en su publicidad un inexistente balón PETROPERU SOLGAS REPSOL) y otros que promueven estándares de calidad también inexistentes.

Otro avisito dice “Compro balones GLP 4723632 25 y 45 S/.”. La legislación prohíbe la venta de balones a quienes no son plantas envasadoras o distribuidores. La estadística sin embargo registra asaltos a camiones con balones de GLP ¿Ha hecho algo el regulador?

El Trome del 8 de julio presenta la noticia CHOROS DE GAS IBAN A VOLAR EN MIL PEDAZOS.- Robaban combustible de los balones y los sellaban con plástico derretido con fósforos. Vendían gas a 28 soles con menos peso. . "Lo bueno es que nosotros fuimos los primeros que bajamos el gas y la gente nos compraba los balones al toque" indicaron el chofer y ayudante de una empresa “formal” de gas quienes admitieron que dicha práctica la venían haciendo desde hacían seis meses porque ganaban un sueldo miserable. La empresa envasadora responsable continúa, como si nada hubiera pasado, en el Listado de Registros Hábiles de la DGH. La información y la forma de robo son transparentes.

Para mal ejemplo, nuestra empresa estatal Petroperú publicó el 2 de julio un aviso pagado en medios que decía “… continuando su política de total transparencia … publicará a partir del lunes 04 el precio neto promedio de venta a los envasadores en el Terminal Callao…”. Por supuesto que aún ahora, pasados más de 4 meses, no lo ha hecho a pesar que invocaba en el famoso aviso a los demás productores y comercializadores de GLP a publicar sus precios de lista y precios de venta para así contribuir a una “formación transparente” de los precios del GLP en toda la cadena comercial.
El mismo OSINERG encargado de promover la transparencia de precios ha estado publicando hasta el 17 de octubre el siguiente cartelito en sus precios de referencia “Advertencia: Los Precios del Mercado de Referencia están afectados por la temporada de Huracanes en la Costa del Golfo”. Y ahora que ya retiraron el cartelito ¿debemos pensar que ya no hay afectación en los precios? ¿Esto contribuye a la transparencia?

Sin embargo el desatino y la falta de experiencia comercial continúa; El pasado 14 de octubre El Peruano publica el D.S. Nº 043-2005-EM “Disponen Que Los Agentes De La Cadena De Comercialización De Combustibles Derivados De Hidrocarburos Deben Proveer Información Sobre Sus Precios De Venta” por el que se establece ( supuestamente a fin de contribuir con la transparencia reclamada por Petroperú), que se debe publicitar los precios del GLP (sorpréndase) en Nuevos Soles por Litro. Es decir que los avisitos que recibe mi hermana ya no dirán 26.90 al referirse al balón de 10 kilogramos sino 1.335650 Nuevos Soles por Litro. Díganme sino se generará mayor confusión y desconfianza a partir de este Decreto Supremo haciendo menos transparente la comercialización, precisamente ahora, cuando el INEI ha empezado a publicar el precio al consumidor en balones de 10 Kgs en lugar de las 24 Libras que calculaba mensualmente, a pesar que dicha forma de venta había desaparecido desde hacen más de once años.

La legislación normativa sobre los organismos reguladores de la inversión privada en los servicios públicos exigen como mínimo que se prepubliquen los proyectos de normas y resoluciones con el objeto de recibir comentarios y sugerencias precisamente de los supervisados y del consumidor en general. Sin embargo esta norma ni tampoco otra anterior que se refería a la forma de calcular los precios de referencia (paridad de importación incluida), merecieron el mínimo legal de la pre publicación ni del debate ya sea por argumentos de emergencia, saltándose así a la garrocha una necesaria revisión que hubiera evitado estas patinadas y atentando contra la transparencia reclamada.

Como hemos visto, competencia hay, información y ofertas existen y hartas, no hay precios ocultos y la banda de ofertas tienen diferencias de hasta 5 Nuevos Soles.

Pero no es el precio lo que finalmente atrae al consumidor sino su propia experiencia, la seguridad, el servicio y garantías recibidas y la imagen de marca que le brindan sus tradicionales proveedores. Incluso hasta ofende al consumidor que le canten precios terminados en 99 céntimos, salvo que exijan el céntimo de vuelto que de nada les va a servir.
Y no acceden a las ofertas de precios realmente bajos que pudieran existir porque tienen desconfianza de un sistema de comercialización en el que no existe control ni fiscalización para tanta informalidad y donde el regulador no tiene autoridad ni siquiera para ingresar a fiscalizar una envasadora formalmente denunciada como reincidente a violaciones normativas y menos aún para entender la tan reclamada transparencia.

lunes, 31 de octubre de 2005

ARGENTINA Y EL GAS DE LOS POBRES

Economista César Bedón Rocha
31 de octubre del 2005


Recientemente un representante de plantas envasadoras de GLP en nuestro país hizo referencia a las maravillas de la comercialización de este combustible en Argentina. Anteriormente también había tomado como ejemplo otra experiencia del país hermano para referirse a la creación de un parque común de cilindros como solución a ser trasladada al Perú.

Revisaremos en esta breve nota algunas de las características de la comercialización en Argentina, sobre todo las experiencias recientes de forma que nos sirvan de base para encontrar similitudes y diferencias útiles más aún cuando desde diferentes propuestas se vienen tocando los temas de formación, regulación control y publicación de precios del GLP, de Fondos de Reposición de Cilindros, de exclusión del Fondo de Estabilización de Precios de los Hidrocarburos y de creación de parque común con cilindros de propiedad de las envasadoras (expropiación).

Anteriormente en otras notas hemos tocado los casos de Ecuador y Bolivia frecuentemente aludidos también como ejemplos a seguir. El elevado costo del subsidio por 400 millones de dólares anuales en el caso ecuatoriano con carencia hasta de almacenamiento adecuado y nulas inversiones así como en el caso boliviano los problemas sociales derivados de precios artificialmente bajos y también subsidiados, la imposición de cuotas de ventas, las colas, el bloqueo de avenidas y carreteras para conseguir GLP, la intervención de las Fuerzas Armadas, la Policía y las oficinas gubernamentales de hidrocarburos para hacer frente en forma infructuosa al contrabando ampliamente documentada por la prensa del altiplano parece que han puesto algo de sensatez en los comentarios locales.

En el caso argentino ha dado en llamarse al GLP como el gas de los pobres en la medida que el es uno de los combustibles más utilizados para uso residencial. Un total de 4.6 millones de hogares lo consumen (más del 50% del total de la población). El carácter social de su consumo viene dado por cuanto es consumido por los estratos más pobres que no cuentan con el servicio de gas por redes. En Argentina la red de transporte de Gas Natural por redes se mantiene prácticamente sin crecimiento en los últimos 17 años. El consumo promedio per cápita es de 39 Kilogramos por año (20.3 en Perú), y se comercializa principalmente en balones de 10 Kilogramos

Señalan los medios argentinos que el precio del gas había crecido en más de 150% desde diciembre del 2001 (en nuestro país este aumento ha sido de sólo 5.4%). Esta situación ocasionó que se dictara la Ley Nº 26.020 Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo.

Tenía como objetivo dar un marco de regulación a fin de asegurar un abastecimiento regular, confiable y económico para los sectores residenciales de escasos recursos así como proteger los derechos de los consumidores posibilitando la universalidad el servicio, una adecuada información y publicidad y el acceso al mismo a precios justos y razonables. Igualmente se proclamó como prioritaria la atención del mercado interno. Siempre los objetivos que justifican una regulación de precios con medidas extra mercado son todos loables pero muchas veces sirven sólo para empedrar el camino al infierno.

Se previó la creación de un Fondo Fiduciario para atender el consumo residencial de gas licuado envasado a usuarios de bajos recursos y para la expansión de ramales de transporte, distribución y redes domiciliarias en los casos en que resultara técnicamente posible y económicamente factible. De este Fondo no se tienen noticias.

Se ha establecido por la legislación argentina que los precios en el mercado interno no pueden ser mayores a la paridad de exportación (la fórmula de cálculo reconoce como referencia Mont Belvieu pero es diferente a la que se aplica en el Perú y publica OSINERG). Para ello los productores deben atender los pedidos “normales” de las envasadoras con los mismos precios promedio ponderados vigentes en los últimos 24 meses y para los mismos volúmenes comprados en dicho período. Compras de volúmenes adicionales deben ser negociadas a paridad de exportación.

Para el período octubre 2005 / marzo 2006 los precios serán los siguientes, debiendo aclarar que en el caso al consumidor son precios en mostrador (no aplica para entregas a domicilio) ARGENTINA: PRECIOS DE REFERENCIA DEL GLP RESOLUCION 1071/2005 (22-SET-2005) -Incluyen un IVA de 10.5%

El promedio en el caso de Lima llegó en setiembre del 2005 a 9.52 US$ con un IGV de 19% (un equivalente con 10.5% de IGV hubiera sido de 8.84 US$ puesto en domicilio).

De la misma forma el Gobierno, los envasadores y productores establecieron en agosto del 2003 un Acuerdo de Estabilidad de Precios del GLP Envasado en Envases de 10 Kilogramos, cuyo esquema se mantiene. A partir de abril del presente año, con la baja del IVA de 21 a 10.5% este precio diferenciado se redujo a 16 Pesos (5.31 US$). Se puede adquirir sólo en puntos de venta especiales. Estos puntos a julio 2005 son 597 y representan el 0.6% de los 95,000 existentes en el país. Se venden al usuario final debidamente identificado y registrado con no más de un balón cada 15 días

Finalmente como referencia debemos señalar que todos reconocen en Argentina que el panorama petrolero es angustiante al examinarse las reservas probadas y probables. Un horizonte de sólo 11 años para petróleo y de 15 años para gas. Prácticamente NADA para un país.

lunes, 24 de octubre de 2005

PETROPERU: CUATRO MAS POR SI ACASO

Economista César Bedón Rocha
24 de octubre del 2005

En nuestro comentario de la semana pasada revisamos rápidamente el Proyecto de Ley Nº 13731/2005-CR presentado por los Srs. Congresistas de Perú Posible Alberto Cruz Loyola y Alejandro Oré Mora, que declara de interés nacional el fortalecimiento y modernización de Petroperú S.A.

Esta vez debemos señalar que existen en la Comisión de Energía y Minas cuatro proyectos más que de una u otra manera refuerzan el mismo propósito:

1. Proyecto de Ley 10733/2003-CR (4 Artículos), iniciativa del Congresista aprista Sr. José Carrasco Távara. Excluye a Petroperú del SNIP y encarga a la DGH del MEM la función de revisar sus proyectos de inversión. Cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Economía e Inteligencia Financiera y está en Agenda desde el 14/09/2005. Consolida doce iniciativas legislativas.

2. Proyecto de Ley 13665/2005-CR (6 Artículos y una Disposición Complementaria), iniciativa del Sr. Congresista José Carrasco Távara del Partido Aprista Peruano, desde el 15/09/2005 en Comisión. Declara de Interés Nacional y de Preferente Prioridad la Modernización de las Refinerías de Petroperú. Exceptúa a Petroperú del SNIP y la autoriza a invertir el íntegro de sus utilidades en sus proyectos de inversión.

3. Proyecto de Ley 13871/2005-CR, propuesta del Congresista de Perú Posible Sr. Jesús Alvarado Hidalgo en Comisión desde el 18/10/05. Propone como Ley el Desarrollo, Autonomía y Adecuación Ambiental de Petroperú S.A. A través de 13 Artículos propone fusionar a Perupetro, obligar a los Contratistas a entregar a Petroperú regalías en forma de productos o canasta de productos, transfiere a la ONP el íntegro de sus registros, activos y pensionistas a partir del 1 de enero del 2006 y dispone que si Petroperú obtuviera utilidades diferidas al aplicar el Fondo de Estabilización de Precios el Impuesto a la Renta lo pague al final del ejercicio en que reciba tales compensaciones.

4. Proyecto de Ley Nº13873-205/CR (4 Artículos), en Comisión desde el 20/10/2005 debido a la iniciativa parlamentaria del Sr. Congresista de Perú Posible Eduardo Salhuana Cavides. Ley que Fortalece la Autonomía de Petroperú S.A. Declara de interés nacional la modernización de la empresa estatal, la excluye del FONAFE y dispone la fusión por absorción de Perupetro a Petroperú.

Resulta muy importante que la futura gestión de Petroperú reciba el apoyo de nuestros legisladores actuales, teniendo en cuenta además que, como señalamos anteriormente, es el Congreso de la República (que aprobó la Ley que lo excluye de la privatización vía compra de activos), el que con responsabilidad debe delinear cual será su papel y sobretodo rescatar algunas posibilidades de participación de la inversión privada que han quedado vigentes.

Demás está decir que del Ejecutivo (ya de salida), no se espera nada sobre el particular y menos aún de los candidatos presidenciales para quienes el tema Petroperú es sumamente delicado y comprometedor de votos.

Por ello es que hay obligación personal de apoyar las iniciativas legislativas, las mismas que Petroperú está obligado a integrarlas de una manera más profesional, armónica, actualizada y formal. No se puede seguir proponiendo medidas para apagar incendios sin que se defina claramente y se apruebe una Ley sobre la Política Empresarial del Estado en Hidrocarburos (no una ley con nombre propio). Ya dijimos antes que no hacer nada por nuestra empresa petrolera habiéndola alejado de las posibilidades de privatización es hacerla morir de inanición.

El momento es sumamente propicio, si se da un manejo adecuado y de una vez serio, para congregar el interés nacional (y en buena medida el interés de nuestros legisladores lo corrobora), pero sin verdades a medias, ni aprovechamiento personal, con la búsqueda del bien público, sin sobre protecciones pero tampoco abandonándola. Menos con información incompleta y sesgada que a nada bueno puede conducir. Igualmente el mensaje que se da a la población debe cambiar. Al parecer nos hemos quedado en los 80. En las exposiciones de motivos de los Proyectos de Ley se hace referencia a lo bueno que fue la creación de la Empresa y a lo malo del proceso privatizador. Se sigue llorando sobre la leche derramada sin reconocer que la Historia es irreversible y hay que salir al frente pero con otros horizontes y otros ejemplos.

Yo casi estoy seguro que la información de mercado que manejan y promocionan nuestros legisladores es información que es alcanzada por la misma Petroperú y por ello muchas veces hablan de su competencia, de las transnacionales, de experiencias de otras petroleras estatales o mencionan lo importante que son en su función recaudadora de impuestos (como si para su competencia igualmente no lo sea). Sin embargo hay una especie de sancochado informativo inorgánico que no apunta a un objetivo común y del que no se puede rescatar gran cosa.

Me recuerda a un análisis FODA que prepararon sus funcionarios en la época del Presidente Ejecutivo anterior y que reclamaba como fortaleza ser poderoso en el mercado, con amplio apoyo y satisfacción de los consumidores, con los mejores productos, conocedor de todo el país, con producción de vanguardia y que lógicamente ante la técnica del “espejito, espejito, dime quien es más bonito” no pudo nunca diseñar una estrategia adecuada pues además como debilidad no mencionó su carencia de cuadros profesionales comprometidos sino sólo los dispositivos legales que no apuran su gestión.

En los últimos Proyectos de Ley, por ejemplo, se menciona una supuesta cuantiosa inversión petrolera de las empresas estatales en América Latina y al comparase con ella, reclaman para nuestra estatal una agilización para inversiones saltándose el SNIP. Mencionan en primer lugar el caso de ECOPETROL de Colombia con una inversión promedio de 757 MMUS$ en el período 1998-2002.

Lo que no se menciona es que la gran mayoría de la inversión de ECOPETROL se destina para sísmica y perforación, creación del Fondo de Exploración, optimización del recupero de campos en producción, desarrollo de crudos pesados y procesos de campos marginales, actividades todas en las que no participa nuestra petrolera. Por otro lado es bueno señalar también que a pesar de ello las reservas probadas han bajado 25% en los últimos 4 años, la producción nacional cayó 23% y que Colombia dejará de ser autosuficiente petrolero entre el 2010 y el 2011.

Tampoco se menciona que Colombia transformó el 2003 el sector de hidrocarburos, separando el rol estatal de la administración del recurso petrolero, creándose la Agencia Nacional de Hidrocarburos para este fin y debiendo ECOPETROL competir para lograr los lotes ofertados. En las propuestas peruanas se busca por el contrario fusionar a Perupetro.

Igualmente no se toma en cuenta que ECOPETROL subsidió el 2004 con más de 1,200 millones de dólares los hidrocarburos en Colombia mientras en nuestro país los subsidios fueron inexistentes y la política de precios fue la de la paridad de importación.

ECOPETROL iniciará en noviembre en el Valle y el eje cafetero la incorporación de 10% de Etanol a la gasolina y promociona que será la energía que se usará en Colombia el próximo año. Y en nuestro país ¿donde están las iniciativas de la petrolera estatal?

Finalmente para demostrar que las comparaciones con otras economías son inadecuadas cuando no se toman las precauciones que la ciencia económica nos enseña, debemos indicar que en mayo pasado el Presidente de ECOPETROL Isaac Yanovich preparó un documento sobre el clima de inversiones en Colombia y señalaba que Occidental Petroleum, Chevron Texaco, BP, Total, Petrobrás y Perenco venían reforzando su papel y que nuevos actores habían ingresado al mercado como Exxon Mobil (que regresa después de 10 años, BHP Billinton, Repsol YPF, Burlington Resources y Luk Oil.

ECOPETROL viene ofreciendo oportunidades de inversión en la producción existente y en proyectos de exploración de mediano riesgo. Busca asociarse para atender mercados como los de Ecuador, Argentina, Brasil y Venezuela (no en Perú), de preferencia en crudo, no en gas. Y en nuestro país seguimos con la monserga de “las transnacionales”.
En el caso de la exploración, ECOPETROL garantiza más de 30% de retorno neto a las inversiones y regalías reducidas de hasta 8% para pequeños y medianos campos con recursos necesarios por 100 MMUS$. Para el desarrollo de campos maduros requiere inversiones entre 150 y 300 millones de Dólares y para desarrollo de 60 MB/DO de crudos pesados una inversión necesaria superior a los 700 millones de dólares para lo cual llama a la inversión extranjera.

Igualmente es bueno destacar que ECOPETROL desarrolla todas y cada una de sus actuaciones contractuales supeditadas a un régimen jurídico preestablecido como lo son la Ley 80 de 1993 (Estatuto General de Contratación Estatal) o bien el Manual de Contratación de la Empresa (expedido con base en el Art. 76 de la mencionada Ley 80). En nuestro país recientemente el proyecto de Ley 10297 que promovía la exclusión de Petroperú de la supervisión del CONSUCODE y le otorgaba a su Directorio la facultad de aprobar su propio Reglamento de Adquisición de Bienes recibió dictamen negativo de la Comisión de Fiscalización y Contraloría. Nuevamente el intento de vuelta al pasado sin intentarse mejores fórmulas que las que anteriormente tuvieron éxito pero en un mercado sin transparencia.

ECOPETROL busca un socio estratégico para viabilizar su refinería de Cartagena reduciendo su participación como socio minoritario hasta 49%. Indica que tiene limitaciones de tipo fiscal y que sólo así puede conseguir el capital necesario. El proyecto contempla que mantendrá la operación de la refinería sólo hasta cuando entre en operación el proyecto de modernización.

Ecopetrol, finalmente no vende directamente a clientes minoristas pues ha concentrado sus esfuerzos en la venta (por lo demás reglamentada) a los Distribuidores Mayoristas. Para adecuar sus despachos a minoristas requiere inversiones de 1.3 millones de dólares e indica que no se encuentra dentro de sus prioridades de inversión pues estas se enfocan a la exploración y producción de crudo.

Luego de esto cae por su propio peso una invocación para aunar esfuerzos y para eso Petroperú tiene recursos económicos suficientes pero corregir los rumbos y no alentar sólo el agua tibia cuando el enfermo es de cuidado.

lunes, 17 de octubre de 2005

FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACION DE PETROPERU S.A.

Economista César Bedón Rocha
17 de octubre del 2005


Identificado con el Nº 13731/2005-CR se encuentra para debate en la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República, desde el 5 de octubre un Proyecto de Ley, esta vez presentado por los Srs. Congresistas de Perú Posible Alberto Cruz Loyola y Alejandro Oré Mora, que declara de interés nacional el fortalecimiento y modernización de Petroperú S.A.

Recordemos que el 3 de junio del 2004 se publicó en El Peruano la Ley 28244 que excluyó a nuestra petrolera estatal de las modalidades de promoción de la inversión privada en empresas del Estado que se refieren a la transferencia del total o de una parte de sus acciones y/o activos y a la disposición o venta de sus activos cuando se haga para la disolución o liquidación de la Empresa.

Quedaron disponibles las opciones de incremento de capital y de formas asociativas de riesgo compartido, prestación de servicios, contratos de gerencia, concesión y similares. La Ley fue aprobada por insistencia del Congreso de la República y promulgada por el Sr. Henry Pease, que ocupaba la Presidencia del Congreso, ante la observación del Ejecutivo. En adición a la exoneración se autorizó a Petroperú a negociar contratos con Perupetro en exploración y/o explotación y de operaciones o, servicios petroleros.

Esta exclusión había sido reclamada por muchos, entre ellos el Colegio de Ingenieros del Perú que en Julio del 2003 declaró públicamente que “…El Estado, al no tener un Plan de Desarrollo Estratégico Integral, está permitiendo la pérdida de competitividad de la industria nacional. Esta situación se ha agudizado en el sector de los hidrocarburos afectando a PETROPERU S. A. en la conservación de sus instalaciones, falta de inversión en nuevos activos y lo que es peor, ha restringido el desarrollo humano de los encargados de la gestión técnica, administrativa y gerencial…” . Reclamó también que “… PETROPERU S. A., debe ser repotenciada en un proceso continuo y sostenido en un marco de eficiencia y dentro de un Plan de Desarrollo Energético Nacional… y … debe conducirse con criterios de gestión modernos y altamente competitivos, con personal capacitado y de experiencia en la industria de hidrocarburos que existe en el país.”
Se abría pues con la Ley (según quienes la promovieron con largo esfuerzo), un mejor horizonte. Se requerían cambios urgentes en la gestión empresarial y la empresa había estado sometida a una larga serie de escándalos y aprovechamiento de su poder económico para beneficio no de todos los peruanos sino de unos pocos que creyeron encontrar un apetitoso botín antes que una vocación de servicio. Así pasaron al desempleo sus mejores cuadros, se improvisaron funcionarios y directivos y se dio maña para gastar en labores ajenas a su gestión, como la remodelación de Palacio de Gobierno.

Vistas las cosas 16 meses después de la 28244, en la práctica no se ha conseguido nada de lo reclamado, que no sea apartar a nuestra petrolera de cualquier intención de venta de activos. No se ha podido lograr los contratos de gerencia ni incorporar un socio estratégico; tampoco se ha concesionado nada y menos aún (como era lógico y previsible), se ha negociado con Perupetro para incursionar en la actividad exploratoria.

Suponíamos pues que excluir a Petroperú de algunas modalidades de participación del capital privado era ya parte del ahora solicitado fortalecimiento y modernización. El hecho es que la Ley de no privatización mediante venta de activos existe a pesar de la opinión del Gobierno pero, en lamentable revancha, tampoco se define acerca del rol que debe cumplir en adelante. Total, piensan, si el Congreso promulgó la Ley pues que sea el mismo Congreso el que sea responsable de darle el marco adecuado para su desempeño.

Saber que Petroperú existe y existirá sin venta de activos, con capital nacional pero sin apoyarla, es igual que dejarla que muera de inanición. Por eso es que comprendemos la preocupación de Petroperú por buscar la aprobación de medidas legislativas que apoyen su gestión. En la medida que no ha habido capacidad gerencial para mantener el rol fundamental de la primera empresa del Estado y a que la Contraloría no le pierde paso, tienen que buscarse muletas suponiendo que con ellas podrán integrarse a la carrera de la competencia en el mercado de hidrocarburos, hoy enteramente globalizado. Han perdido muchísimo espacio pero creo que ante el hecho consumado debe definirse de una vez su función y si se le fortalece como es necesario mucho mejor.

En los extramuros hay opiniones tan extremistas como la del Partido Socialista de los Trabajadores que fija como Programa “…Gas y Combustibles para el pueblo. Rebaja del GLP a 8.00 S/ y suprimir el ISC y el IGV a los combustibles, instalaciones de gas domiciliarias y vehiculares pagadas por el Estado… Defensa y el reflotamiento de Petroperú … la devolución de la Refinería La Pampilla y la rescisión de los contratos de exploración y explotación que deben pasar al control de la empresa estatal…”. Peligrosas coincidencias.

Debo señalar que el Proyecto de ley propone para Petroperú que 3 de sus Directores sean propuestos por el Ejecutivo pero ratificados por el Congreso de La República (uno de ellos sería el Presidente del Directorio). Señala el Proyecto además que otros dos Directores deben ser designados por el mismo Congreso, uno por la Comisión de Economía y otro por la de Energía y Minas. El sexto Director plantean sea designado por los trabajadores. Me parece mucha ingerencia legislativa en una empresa que debe conducirse como empresa privada y ajena a los vaivenes de la política criolla. Suena a toma y daca.

Creo por lo contrario que resulta adecuado nombrar a su Presidente por Concurso Público o a través de un Contrato de Gerencia. No me parece adecuado tampoco que se proponga que los Directores que representan al Congreso y los que son ratificados por él (5 de los 6), sean designados por 5 años y sólo se les pueda remover por falta grave debidamente comprobada. Aquí deben tenerse en cuenta los resultados de la gestión más que las dificlmente probables o definibles faltas graves.

No se menciona para nada en el Proyecto de Ley un tema fundamental, que es el referido al manejo de los precios de los hidrocarburos que produzca o importe Petroperú. Recordemos que la teoría de la paridad de importación, tan desacreditada en la actualidad, es y ha sido la política aprobada por su Directorio. ¿Será la misma política la que rija los destinos de nuestra petrolera o se adoptará otra posición? Y en los proyectos de inversión que planteen ¿Se considerarán precios de importación, referenciales o de exportación?

El Proyecto excluye también a Petroperú del ámbito del FONAFE y dispone que las utilidades netas distribuibles se apliquen en proyectos de inversión para modernización o ampliación de actividades (se señala un requerimiento de 430 millones de US$). Creo que una contraparte valiosa que podrían aportar con entusiasmo los trabajadores sería también que se comprometan a aportar el 50% de las utilidades anuales que les corresponden a manera de apoyo a la capitalización de su empresa. Además así velarían porque no se aprueben proyectos sin sustento técnico – económico ahora que se propone que se salten a la garrocha el SNIP.

Indica el Proyecto que Petroperú tiene una notoria desventaja en su gestión de inversiones frente a “la competencia” sin señalar cual es esa competencia en un mercado reconocido como oligopólico y en regiones monopólico.

Otras perlas del Proyecto son la propuesta de desaparecer a Perupetro fusionándola con Petroperú en un plazo de 90 días, quedando encargada Petroperú de representar al Estado en las actividades de exploración y explotación. Demasiado e inmerecido castigo para Perupetro que ha tenido una destacada gestión durante el presente Gobierno operando técnicamente y alejada de los escándalos a que nos acostumbró Petroperú. La cereza que decora la torta es la de proponer que los contratistas paguen una parte de la regalía en productos o canasta de productos a “valor de mercado” a Petroperú.

Posteriormente analizaremos algunos de los argumentos del Proyecto de Ley. Encuentro que se abunda en una serie de generalidades, casuística no aparente, beneficios y costos no demostrables, etc. Se señala por ejemplo que con la privatización de Petroperú el Estado ha tenido una pérdida económica neta de 1,222 millones de US$ y señala que Petroperú tuvo una pérdida económica de 2,081 millones de dólares por la privatización. Si esto es así y lo señalan dos Srs. Congresistas con su firma en el Proyecto ¿por qué no denuncian a los responsables y se les sanciona como se debe?. O es sólo un mal argumento. Esperemos que pronto el Proyecto sea puesto en debate y que se superen mediante él las serias carencias que tiene. A todos nos interesa una empresa estatal moderna, competitiva, bien gerenciada y honesta.

lunes, 10 de octubre de 2005

GLP: APORTE POR REGULACION NO ES FONDO DE REPOSICION

Economista César Bedón Rocha
10 de octubre del 2005


La semana anterior se conoció que la Comisión de Energía y Minas del Congreso tendría listo para su discusión un Pre – Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 11914, 12929 y 13018/2004-CR mediante el cual se sometería a aprobación el Proyecto de Ley que crea el Fondo de Reposición de Balones de Gas Licuado de Petróleo y que, de recibir votación favorable, estaría siendo puesto a consideración del Pleno en breve. Esta votación se estaría dando el miércoles 12 de octubre.

El documento en mención consolida tres Proyectos de Ley presentados por tres Srs. Congresistas, todos y cada uno de ellos tratando de aportar a la solución de problemas de la seguridad que necesitamos los consumidores de GLP cuando adquirimos este combustible en balones, principalmente para la cocción de alimentos.

Los tres Proyectos de Ley, en la intención de favorecer al ama de casa consiguen lo contrario pues eliminan la parte mas sustantiva del Decreto Supremo 01-94-EM que regula la comercialización del GLP en nuestro País. Eliminan la obligación de rotulación (identificación de responsable y/o propietario del balón), las indicaciones específicas de rotulado, la prohibición de envasar en cilindros que no sean de responsabilidad y/o propiedad de las envasadoras, la venta no exclusiva de los Distribuidores, el canje de cilindros y hasta la venta en Kgs (Art. 46º).
En este salto al vacío legislativo que se crea con la práctica derogatoria del Reglamento de Comercialización, se pretendería crear con la fuerza de la Ley (supuestamente para evitar el caos que resultará de esta propuesta), lo que se conoce como el Parque Común de Cilindros. Es decir, retrocederemos precisamente 11 años, hasta la época en que se aprobó el Reglamento, ahora vilipendiado, y que logró superar la falta de mantenimiento y reposición de balones derivada del parque común en nuestro País.

En 1994, tuvo que aprobarse un Reglamento que lograra asignar responsabilidades para el mantenimiento de cilindros y para su reposición. La única forma sensata era la de acabar con el parque común en el que ninguna envasadora era responsable de nada y todas acudían a un parque de cilindros indistinto cada vez en peor estado pues nadie tenía la obligación de dar mantenimiento a un balón que no era de su propiedad o responsabilidad. El Reglamento igualmente adoptó la medida promocional de crear incentivos para la adquisición de balones nuevos encargándole este compromiso a las empresas envasadoras y con cargo a sus propios recursos (no de los consumidores o del Estado), con la garantía que no serían usados por envasadoras competidoras que, sin invertir, se valieran del esfuerzo ajeno y usaran cilindros que no adquieren ni mantienen.

Auspiciados por esta apertura hacia nuevas inversiones y el ordenamiento del mercado, algunas envasadoras, efectuaron inversiones por más de 42 millones de dólares y más que doblaron el parque de cilindros, dando de baja inclusive un porcentaje importante de los antiguos balones en libras. Las ventas de GLP durante la vigencia del Reglamento comentado se triplicaron. Las condiciones de inseguridad se superaron. Basta señalar que entre 1997 y el 2005, el número de emergencias por fugas de GLP atendidas por los Bomberos en Lima bajaron de 84 a 56 por cada millón de balones vendidos.

Como suele por desgracia suceder en nuestro País, quienes debieron vigilar que el Reglamento se cumpla en lo concerniente a la prohibición de envasar en cilindros no propios y de esa manera garantizar y promover la inversión, no cumplieron adecuadamente su función generándose una conducta parasitaria en la que actores operando como free ridings no invierten en adquisición de balones y crean un ilegal y expropiatorio parque común que ahora recibiría la autorización oficial.

El hecho de no invertir en la masa necesaria de balones de GLP para operar con eficiencia en el mercado significa una utilidad de 1.29 Nuevos Soles por cada balón de 10 Kgs que se apropian las envasadoras marginales (esta es parte de la justificación de sus menores precios).
El hecho que, por deficiencias del regulador, no se haya logrado eliminar la conducta parasitaria y no se conozca de sanciones drásticas que el propio Reglamento establece, no debería significar sin embargo que el Congreso apruebe una Ley que tiene toda la forma de una expropiación al tornar de uso común indiscriminado los balones adquiridos por envasadoras como su inversión más importante.

Algunos analistas han advertido ya sobre esta figura y también alertado sobre la “socialización” de balones que significa el Proyecto de Ley, a la usanza de décadas pasadas en las que se pensaba que ésta era la manera más adecuada del desenvolvimiento de la economía.
Recientemente, el XX Congreso de la Asociación Iberoamericana de GLP celebrado en México declaró puntualmente : “La responsabilidad del Estado de asegurarle a la población el efectivo acceso al empleo del GLP fundamentalmente se cumple mediante el establecimiento y respeto de un régimen legal que, por un lado, permita que el envasado y distribución de GLP esté a cargo únicamente de empresas con capacidad humana, tecnológica y financiera para suministrar, en el marco de un mercado de libre y sana competencia, un servicio seguro, oportuno y eficiente y para responder por ello, y por la otra parte, que tales empresas sean propietarias de los cilindros y tanques para GLP con sus respectivas marcas registradas, de suerte de que todos éstos sean técnicamente seguros y susceptibles de las reinspecciones periódicas necesarias para ello”

Para redondear el Proyecto, la propuesta legislativa obligaría al Ministerio de Economía y Finanzas a girar más de 60 millones de Nuevos Soles destinados a comprar un millón de balones nuevos. Es decir, se consagra la carencia de inversión privada de los free ridings. ¿Y de donde saldrán los 60 millones? Bueno, el OSINERG registra al 30 de junio del 2005 un total de 218.5 Millones de Nuevos Soles excedentes de aportes por regulación de los sub sectores de electricidad e hidrocarburos, y que no han podido ser aplicados para la función que fueron creados. Parte de ellos se usarían pues ahora para comprar balones de GLP, encargándose al OSINERG la administración y supervisión del Fondo de Reposición.

Los aportes, se cargan al precio del GLP (OSINERG incluye en el precio semanal de referencia el aporte por regulación con un equivalente de 0.10 Nuevos Soles por Balón de 10 Kgs), y lo pagamos los consumidores para que el regulador cumpla con las funciones que le han sido asignadas por la legislación y que son normativas, reguladoras, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras, pero en ningún caso de utilizar sus recursos provenientes de aportes para su fortalecimiento, en la compra de balones que deben hacer los privados. A mayor prueba, el Art. 7º de la Ley 27699 (que aprueba el Fortalecimiento Institucional del OSINERG), ha precisado que la naturaleza de los aportes por regulación es de una contribución destinada al sostenimiento institucional del OSINERG, tema que a nuestro entender escapa a la compra de balones de GLP.